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 Sentencia del Tribunal Constitucional ratifica el concurso y terna para elección

Roberto Fulcar nombró a estos funcionarios sin mediar concurso.



Santo Domingo/Una sentencia del Tribunal Constitucional que rechazó una acción directa de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) contra los artículos 109 y 115 de la Ley 66-97, General de Educación, y la Ordenanza 24-2017deja en la ilegalidad a los 18 directores de las Regionales y los 121 de Distritos de Educación nombrados por el exministro Roberto Fulcar, que mediante una orden departamental sustituyó a los anteriores en 2020.

Con esta acción, el gremio que agrupa a los maestros quería que se derogaran los artículos 109 y 115 de la Ley General de Educación que establecen que el ministro seleccionará las personas que ocuparán las Direcciones Regionales y Distritales y la Ordenanza 24-17 que dispone la convocatoria del proceso competitivo de selección de candidatos para conformar ternas a ser presentadas al ministro para ocupar las posiciones en esos cargos.

El cargo de Director de Regional y Distrito de Educación es por cuatro años y la designación se realiza en base a un concurso.

Con el cambio de gobierno fueron sustituidos los funcionarios que ocupaban esos cargos, sin que hubiese vencido el plazo de los cuatro años y sin que mediara un concurso, como establece la Ordenanza 24-17.

Los sustituidos fueron designados como asesores técnicos del plan “Educación para todos preservando la salud”. 

Se recuerda que los actuales directores regionales de educación fueron colocados en su posición sin concurso y en calidad de provisionales, hasta que se llamara a un nuevo proceso, que no era posible celebrar en medio de una pandemia. Según la Orden Departamental 50-2020 que les colocó en el cargo y las declaraciones del Minerd.

Fuente: Diario Libre 



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