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  •  El TC reafirma en la sentencia TC/0512/25 la importancia del GLP, agua y electricidad como servicios esenciales



El Tribunal Constitucional (TC) decidió en una reciente sentencia que, además del agua y la electricidad, el servicio de gas licuado de petróleo (GLP) es una prestación básica y esencial para las viviendas.

En la sentencia TC/0512/25 en la que dictó un fallo sobre un conflicto particular recordó que en la sentencia TC/0372/16 determinó que tanto la energía eléctrica como el acceso al agua potable son servicios básicos esenciales en razón de que en la actualidad éste tiene una fuerte influencia sobre la calidad de vida de las personas.

Destacó que a lo largo de su jurisprudencia constitucional ha reconocido varios servicios domésticos como esenciales para las viviendas.

"En consonancia con lo anterior, de manera reciente este colegiado determinó en la Sentencia TC/0813/24 que el servicio de gas licuado de petróleo (GLP) es una prestación básica y esencial para las viviendas, luego de comprobar que limitar el acceso de un condómine para que no instale cilindros de gas en el área correspondiente a su apartamento afecta el acceso continuo y suficiente a este tipo de servicios básicos esenciales", indicó.

Fuente: Diario Libre

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