Santo
Domingo. – En atención a
la entrada en vigencia de la resolución 02-18, este 23 de agosto, la Dirección General
de Contrataciones Públicas elaboró unas guías con el objetivo de
presentar directrices generales para la contratación de los servicios de
reparación de vehículos de motor, la adquisición de pasajes aéreos y la compra
de combustible.
Contrataciones Públicas remitió la primera
versión del documento a las instituciones bajo normativa de la ley 340-06 sobre
Compras y Contrataciones y su modificación donde presenta lineamientos
generales para la ejecución de dichos procedimientos, a los fines de que las
instituciones contratantes los adapten a su realidad.
La directora de la
institución, doctora Yokasta Guzmán Santos, afirmó
que cada dependencia tiene la responsabilidad de adaptarla de acuerdo a su
criterio de descentralización de la gestión operativa que rige el Sistema
Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.
“Cada dependencia es responsable de la
ejecución de sus procedimientos de contratación desde la planificación hasta el
cierre contractual. En consecuencia, las mismas deben diseñar y convocar los
procedimientos de contratación establecidos en la ley 340-06 y su modificación
para adquirir estos bienes y servicios”, aseguró.
Refirió, además, “La
información de las guías es producto del levantamiento de información generado
a través de reuniones sostenidas con las entidades del Estado, así de
encuentros sostenidos con asociaciones representativas del mercado, con el
objetivo de entender sus realidades y las del mercado”, apuntó la Dra. Guzmán.
Objetivo de la Resolución 02-2018
El objetivo de la normativa es que los tres rubros que
incluía la disposición 15-08 se liciten como se está haciendo con todo lo que
compran las instituciones para que haya distribución de los recursos públicos,
ofreciendo igualdad de oportunidades a quienes tengan la capacidad de suplir
dichos bienes.
Venció plazo de tres meses para la entrada en vigencia
Al
momento de emitir la resolución en fecha de 23 de mayo de 2018 se estableció un
plazo de noventa días para que las instituciones pudieran diseñar, convocar y
ajustar los
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